COEXU, S.L. cede en arrendamiento al arrendatario, los bienes de su propiedad detallados, por el periodo de tiempo acordado.
El arrendatario se constituye responsable del valor de los bienes relacionados, como límite de los posibles desperfectos, deterioros o pérdida de que pudieren ser objeto por cualesquiera causas y aunque no interviniera culpa o negligencia del arrendatario.
El precio diario de arrendamiento se entiende por día natural. Se consideran días naturales los que transcurren desde el inicio del arrendamiento hasta la entrada del equipo en nuestro parque. Salida mínima 2 días
Los precios se entienden por jornadas laborales de 8 horas. Las que sobrepasen se facturarán en la proporción correspondiente.
Toda la maquinaria, se suministrará con el depósito de combustible lleno, facturándose el que falte a su entrada.
Portes, Combustibles, Operarios, Etc. serán por cuenta y a cargo del arrendatario.
Los precios serán incrementados con el I.V.A. correspondiente.
El equipo arrendado está asegurado por los riesgos que sufra él mismo, que se deriven del robo con forzamiento, incendio y daños causados a terceros derivados de la circulación, cualquier daño producido por la manipulación de la máquina cuando trabaje, será responsabilidad de la empresa o persona arrendataria. En caso de robo la franquicia mínima será de 600€ y máxima del 20% del valor del equipo a cargo del arrendatario.
El arrendatario se obliga y compromete a confiar el uso de la máquina a personal cualificado que disponga de cuantas autorizaciones y permisos se requieran para su manipulación o conducción, así como a emplear la maquinaria con la diligencia debida.
Serán a cargo del arrendatario cualquier gasto y responsabilidad debido al uso y manejo de la maquinaria o utillaje.
El arrendatario será responsable de su perfecto mantenimiento y conservación, así como de su devolución en el estado en el que la recibió, considerando el uso normal durante la vigencia del contrato, limpia y engrasada.
El mantenimiento comprenderá, entre otras actividades, el engrase, la lubricación, la comprobación de niveles de aceite e hidráulicos, la sustitución de las bujías y los demás accesorios y piezas de uso corriente, sin perjuicio de aquellas otras labores ordinarias de mantenimiento que se especifiquen en la documentación técnica.
Las averías o desperfectos ocasionados por la inobservancia de las condiciones estipuladas, serán a cargo del arrendatario. El arrendador queda facultado para la vigilancia del buen uso y conservación de los bienes, obligándose al arrendatario a facilitarle el libre acceso al lugar donde se hallaren ubicados los mismos.
Si el arrendatario no cumpliera estrictamente con las normas de mantenimiento, será responsable de cualquier daño, menoscabo, avería o accidente que la misma sufriere, sin perjuicio del derecho del arrendador a dar por terminado anticipadamente el contrato y retirar la maquinaria.
El arrendamiento podrá resolverse por alguna de las siguientes causas:
1. Por mal uso o mala conservación de los bienes a juicio del arrendador.
2. Por impago de alguna de las cantidades estipuladas.
3. Por mutuo acuerdo entre arrendador y arrendatario.
4. Por avería irreparable de los bienes arrendados.
No podrá el arrendatario ceder o subarrendar a un tercero los bienes y accesorios arrendados. Para el traslado a otra obra de su propiedad precisará el consentimiento expreso del arrendador.
El arrendamiento a COEXU, S.L. de cualquier maquinaria o utillaje, supone la aceptación de las presentes CONDICIONES GENERALES.
El arrendatario se someterá a los Juzgados y Tribunales de Barcelona con renuncia expresa del propio fuero, para todos los efectos derivados del presente arrendamiento.